http://obraspublicas.geoscopio.com

  
Búsqueda Avanzada

Su página de inicio
Añadir a favoritos
Nuestro boletín gratis
Contactar

   UNA GUÍA SECTORIAL PARA PROFESIONALES

Cree su página web gratis ahora

Biblioteca Medioambiental

EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
Qué es la Evaluación de Impacto Ambiental
  Definición
  Ámbito de aplicación
  Órgano Administrativo Competente
  Anexo I
  Anexo II
Definición
  La Evaluación del Impacto Ambiental (EIA) es un procedimiento jurídico-administrativo de recogida de información, análisis y predicción destinado a anticipar, corregir y prevenir los posibles efectos directos e indirectos que la ejecución de una determinada obra o proyecto causa sobre el medio ambiente. Permitiendo a la Administración adoptar las medidas adecuadas a su protección.

La Evaluación de Impacto Ambiental valorará los efectos directos e indirectos de cada propuesta de actuación sobre la población humana, la fauna, la flora, la gea, el suelo, el aire, el agua, el clima, el paisaje y la estructura y función de los ecosistemas previsiblemente afectados.

 Asimismo comprenderá la estimación de los efectos sobre los bienes materiales, el patrimonio cultural, las relaciones sociales y las condiciones de sosiego público, tales como ruidos, vibraciones, olores y emisiones luminosas, y la de cualquier otra incidencia ambiental relevante derivada del desarrollo de la actuación.

Ámbito de Aplicación
  Deberán someterse a Evaluación de Impacto Ambiental cualquier actuación, publica o privada, consistente en la realización de las obras, instalaciones, planes y programas  o cualquier actuación comprendida en el Anexo I.

Si la actuación está comprendida en el Anexo II, sólo deberá someterse a Evaluación de Impacto Ambiental si así lo decide el organismo ambiental competente.
En el caso de las actuaciones comprendidas en el Anexo II, las Comunidades Autónomas podrán fijar su normativa propia, lógicamente, dentro del marco de sus competencias.
Órgano Administrativo Competente
  Cuando se trate de proyectos cuya repercusión no sobrepase el ámbito territorial de una Comunidad Autónoma, el órgano ambiental competente será el que determine la Comunidad Autónoma.

Cuando un proyecto pueda tenga repercusiones sobre el medio ambiente de más de una Comunidad Autónoma, deberá ser autorizado o aprobado por la Administración General del Estado, siendo en este caso el Ministerio de Medio Ambiente el órgano ambiental competente.

Volver atrás



 

Inicio | Noticias | Eventos |Enlaces |Ayudas
Concursos | Cursos | Medio Ambiente

VISA MasterCard EuroCard

Copyright 2024 © - Serina. Aviso legal / Privacidad de Datos